Hoy en día es común observar el uso de los términos agresión y asalto como sinónimos para referirse al mismo tipo de delito, sin embargo esto es un error, dado que estos representan dos tipos de delito diferentes con características y naturaleza propia, los cuales se encuentran tipificados en la ley por separado y por lo tanto son procesados y sancionados de diferente forma.

Esta confusión se basa en el hecho de que a pesar que “agresión” y “asalto” son delitos separados, frecuentemente ocurren juntos. El asalto abarca cualquier acto intencional que se hace con el fin de que otra persona crea que está a punto de ser víctima de de algún tipo de violencia física, por su lado se incurre en una agresión cuando se hace uso de la violencia o fuerza sobre otro. En ocasiones se define el asalto como un intento de agresión y la principal diferencia entre ambos delitos radica en que no es necesario ningún tipo de contacto para el asalto mientras que para la agresión debe haber algún contacto ilegal u ofensivo. En otras palabras, a través del asalto se intenta utilizar la fuerza mientras que la agresión se refiere a cuando realmente se ejecuta el acto de fuerza en contra de otro.

Asesoría legal en Los Angeles, CA

Los delitos de asalto y agresión, se encuentran ampliamente regulados por la legislación de california, los cuales son castigados severamente. En caso de que se encuentre acusado de cometer cualquiera de estos delitos o sienta temor de sufrir repercusiones legales en su contra debido a estos cargos, en Los Angeles Criminal Lawyer, puede encontrar los mejores abogados criminalistas, quienes cuentan con amplios conocimientos en la materia y años de experiencia, lo cual les permitirá brindarle la mejor asesoría y estrategia de defensa para su caso en particular.

Según las leyes de california ¿Cómo se define un asalto?

El artículo 240 del Código Penal de California define el asalto como un intento ilegal, junto con una capacidad presente de utilizar la fuerza o violencia sobre otra persona.

De igual forma puede describirse como el intento de lesionar a otro sujeto, para que se configure dicho delito la intención debe estar acompañada con la capacidad de llevar a cabo dicho acto.

Para que se configure el delito de asalto, debe haber un acto intencional, cabe destacar que una persona puede ser acusada por la comisión de este delito sin necesidad de que alguien resulte herido a causa de sus acciones. Ejemplo de esto es el siguiente caso: dos hombres que estaban discutiendo en un supermercado, y de repente motivado por el enojo uno lanza un golpe al otro quien se agacha y lo esquiva. Esta conducta hace referencia a un intento de agresión a pesar de no haber producido ningún tipo de daño físico a la víctima.

Para que proceda la sentencia en este tipo de delitos se debe probar lo siguiente:

  • Que el incriminado cometió un acto que resultaría en el uso de la violencia física en contra de otra persona.
  • Que dicho acto fue realizado con intención.
  • Que cuando el incriminado actuó tenía capacidad ejercer fuerza o violencia en contra de otra persona.

¿En caso de cometer un asalto simple cuales son las sanciones aplicables?

Entre las sanciones aplicables por la comisión de un asalto simple se encuentran las siguientes:

  • Condena al pago de una suma de hasta 1000 dólares.
  • Privación de libertad en una cárcel del condado por un periodo que no exceda de seis meses.
  • Régimen de libertad condicional.
  • Prestación de servicio comunitario a la sociedad.

¿Cuales son las situación que agravan la comisión de un asalto?

La legislación penal del Estado de California señala algunas situaciones que agravan la comisión de un asalto y por ende hacen que el mismo deje de ser considerado un delito simple, entre ellas están las siguientes:

  • Asalto a un funcionario público
  • Asalto con arma mortal

Asalto a un funcionario público

La legislación de California brinda protección especial a determinados grupos de personas, dentro de los cuales se encuentran individuos que laboran o se desempeñan como funcionarios públicos. En tal sentido, el término ”funcionario público” se refiere a una persona que trabaja al servicio del Estado, el cual es designado por un organismo con competencia en la materia.

La ley brinda protección especial a dichos trabajadores dado que se reconoce el riesgo al que están expuestos durante el desempeño de funciones, al tener que tomar decisiones de carácter político, las cuales no siempre son aceptadas de buena manera por las personas a quienes van dirigidas.

El mencionado delito está contemplado en el artículo 217.1 del ordenamiento penal de California, el cual señala como crimen los asaltos que se lleven a cabo en contra de funcionarios públicos.

Entre los supuestos requeridos que se deben probar para que se configure este tipo de delitos se encuentran:

  • Que un sujeto cometa un asalto.
  • Que la víctima de dicho asalto sea un funcionario público o un familiar inmediato de la misma.
  • Que el asalto haya sido realizado como una respuesta negativa a la decisión tomada por un funcionario público, o con el objeto de evitar que dicho funcionario desempeñe las funciones a su cargo.

En estos casos no se exige que la víctima sufra lesiones físicas, simplemente  se debe incurrir en los supuestos mencionados en el párrafo anterior, por otro lado si la víctima es un funcionario público pero dicho ataque no se produjo en razón del desempeño de sus funciones no se configura el delito de ataque a un funcionario público.

Este tipo de asaltos puede ser procesado como un delito menor o como un delito grave de acuerdo a las características y elementos particulares de cada caso, en caso de ser procesado como en delito menor la pena aplicable será:

  • Orden de libertad condicional informal
  • Privación de libertad en una cárcel del condado por un periodo de tiempo de hasta un año
  • Pago de una suma de dinero de hasta 1000 dólares por concepto de multa

Por el contrario si dicho acto es procesado como un delito grave, las medidas aplicables serán las siguientes:

  • Libertad condicional formal
  • Privación de libertad en una cárcel del condado por un periodo de dieciséis meses, dos años o tres años
  • Pago de una suma de dinero de hasta diez mil dólares

En aquellos casos en los cuales se aplica la libertad condicional se debe cumplir una serie de instrucciones, entre ellas la obligación de indemnizar económicamente a la víctima y la obligación de presentarse ante un funcionario que se desempeñe en el departamento de libertad condicional, en caso de no cumplir estas exigencias el puede ordenarse la privación de libertad en una entidad destinada para tal fin.

Asalto con arma mortal

Dicho ilícito está contemplado en el artículo 245 del ordenamiento penal vigente, el cual indica que cualquier persona que realice un asalto a otra valiéndose de un instrumento mortal podrá ser sentenciado al cumplimiento de las siguientes sanciones de forma separada o conjunta:

  • Privación de libertad en una cárcel del estado por un periodo correspondiente a dos, tres o cuatro años o en una cárcel del condado cuyo encarcelamiento no supere el lapso de un año
  • Pago de una cantidad de dinero de hasta 10.000 dólares

El término “arma mortal” se refiere a algún objeto que puede ser utilizado para causar heridas mortales graves o daños corporales a una persona.

La comisión del delito de asalto con arma mortal puede ser procesada como un delito menor en cuyo caso acarrea la privación de libertad por un periodo de hasta un año en una cárcel del condado, o como un delito mayor lo cual implica la privación de libertad en una cárcel del estado por un periodo de tiempo que no sea superior a cuatro años.

Entre las causales que pueden agravar o aumentar estas sanciones se encuentran el uso de armas de fuego, que el acto criminal se consume en contra de una persona protegida por la ley, el tipo de arma o instrumento utilizado, el tipo y gravedad de las lesiones ocasionadas a las víctimas.

Elementos de un asalto con arma mortal

  • Realizar un acto que es probable que ocasione el uso de la fuerza hacia otra persona.
  • Uso de un instrumento o arma mortal, o de una fuerza que causaría un grave daño físico.
  • Que el acto sea realizado voluntariamente o con intención.
  • Que cuando el acusado llevó a cabo el acto sabia que una persona sensata supondría la utilización de la fuerza en su contra.
  • Conciencia de tener la capacidad durante el acto para utilizar un arma mortal, o fuerza violenta que ocasione grave daño corporal.

Según las leyes de california ¿Cómo se define una agresión?

La legislación de california contempla que una agresión simple es un delito menor el cual se refiere al acto de tocar con intención de manera ofensiva o dañina a otra persona. En otras palabras es el uso voluntario e ilegal de  la violencia en contra de otra persona.

De lo anterior se desprende la existencia de tres elementos para que un acto sea denominado una agresión, los cuales son:

Tocar a otra persona

Esto se refiere al contacto físico que debe realizar una persona en contra de otra, el cual no requiere que ocurra algún tipo de lesión o daño en la integridad física de la víctima.

Un ejemplo de esto sería un hombre que arroja el contenido de un vaso de agua a otra persona durante una discusión, en este caso se dan los supuestos necesarios para que el mismo sea considerado un delito los cuales son: i) un contacto físico (aunque sea mínimo), ii) la intención de llevar  a cabo el acto y iii) que sea realizado de forma ofensiva o dañina. A pesar de que el acto mencionado no generó escenas de sangre o violencia excesiva será catalogado como una agresión porque sólo se requiere un mínimo contacto físico.

Intencionalmente

Se refiere a aquello que una persona piensa o se propone realizar.

Esto implica que el individuo solo debe tener una intención general, es decir,  no se exige que el individuo tenga como propósito: violentar la ley, ocasionar algún daño a otra persona u obtener algún beneficio

Un ejemplo de esto es el siguiente: Juan estaba reunido con su jefe para mostrarle un informe sobre los resultados de las ventas del mes, durante esa reunión su jefe le señaló algunos errores que tenía dicho informe, en ese momento Juan se ofusco y lanzó su bolígrafo contra el escritorio y el mismo rebotó y golpeó la cara de su jefe. En este caso se puede observar claramente que no hubo intención por parte de Juan de ocasionar algún daño hacia la integridad de su jefe, sin embargo el mismo puede ser acusado por cargos de agresión dado que a pesar de que la misma fue accidental, el movimiento que propició la agresión fue realizado de forma voluntaria por Juan.

De forma ofensiva o dañina

Se refiere a tener contacto con otra persona de forma irrespetuosa, utilizando la violencia, o violando los principios de la moral y las buenas costumbres.

¿Cuales son las sanciones aplicables en caso de una agresión?

Este tipo de ilícito se encuentra tipificado en el código penal del estado de california, en el artículo 242, el cual contempla las siguientes sanciones

  • Privación de libertad hasta seis meses en una cárcel del condado.
  • Régimen de libertad condicional.
  • Pago de multas de hasta 2000 dólares.
  • Régimen de servicio comunitario a la sociedad.
  • Restitución de daños.

Por otro lado dicha legislación menciona ciertos actos que hacen que un delito deje de ser considerado una agresión simple, los cuales se señalan a continuación:

  • Agresión agravada
  • Agresión contra un agente del orden público

Agresión agravada

Esto engloba aquellos casos en los cuales como producto de la agresión se origina una lesión corporal seria en contra de la integridad física de la víctima.

Una lesión corporal seria o grave es aquella que ocasiona en la víctima daños físicos a nivel corporal notables tales como heridas, o que afecte el normal funcionamiento de sus órganos o miembros.

Agresión contra un agente del orden Público

Esto engloba aquellas agresiones ejercidas en contra de algún agente del orden público, los cuales se encuentran rigurosamente señalados en el artículo 243 literales b y c del Código Penal de California, por ejemplo, un policía, un bombero, una enfermera, un custodio, un paramédico, entro otros casos, en los cuales los sujetos que desempeñan dichas funciones son amparados por las leyes, para garantizar protección basada en las funciones que llevan, a cabo las cuales los ponen en situación de vulnerabilidad para ser víctimas del mencionado delito.  .

En estos casos en especial se hace necesario aclarar si la  agresión se produjo mientras la presunta víctima se encontraba ejerciendo sus funciones como agente del orden público o no, puesto que de no ser así la agresión debe ser considerada simple. Un ejemplo de esto sería: una enfermera se encuentra trabajando en un hospital y una mujer desesperada porque su esposo se encuentra enfermo y requiere atención médica la empuja exigiendo que la ayude rápidamente, en este caso se está en presencia de un delito de agresión contra un agente del orden público, dado que la enfermera se encontraba desempeñando sus funciones, y la misma es amparada por la ley. Pero en otro caso si la misma enfermera se encuentra en su casa y una vecina se dirige hacia su domicilio para pedirle ayuda pero ofuscada por la situación la empuja para que se apresure se está en presencia de una agresión simple, porque en esta ocasión dicha enfermera no se encontraba desempeñando sus funciones.

En caso de que el delito sea procesado como menor las sanciones aplicables son las siguientes:

  • Orden de libertad condicional informal.
  • Privación de libertad en una cárcel del condado por el periodo de tiempo de hasta un año.
  • La condena al pago de una suma de dinero que no exceda los 2000 dólares.
  • Se puede aplicar simultáneamente la privación de libertad y la condena al pago de sumas de dinero.

Por el contrario si el delito es procesado como grave se puede ordenar lo siguiente:

  • Orden de libertad condicional formal.
  • Privación de libertad de dieciséis meses hasta tres años en una cárcel del condado.
  • Condena al pago de una suma de dinero de hasta 10.000 dólares.
  • Se puede aplicar de manera conjunta la privación de libertad y la condena de pago de sumas de dinero.

En aquellos casos en los cuales el asalto sea realizado con armas de fuego o armas letales la privación de libertad puede ser por un periodo de 4, 6 u 8 años.

Diferencias entre la agresión y el asalto

En la actualidad es común utilizar los términos agresión y asalto para hacer referencia al mismo tipo de acto criminal, esto radica en el hecho de que normalmente se imputan cargos por la comisión de estos delitos de manera simultánea o conjunta, sin embargo estos son dos tipos de delitos tipificados de forma separada los cuales cuentan con naturaleza y características propias.

El asalto se encuentra contemplado en el artículo 240 del ordenamiento penal vigente, el cual lo define como un intento de utilizar la violencia física o fuerza en contra de otra persona.

Por otro lado la agresión se encuentra regulada en el artículo 242 de dicho ordenamiento legal, el cual sugiere el uso ilegal de la violencia física o fuerza sobre otra persona.

Esto quiere decir que para que se configure el delito de asalto no se requiere ningún tipo de contacto físico, distinto a la agresión en la cual se requiere la presencia de algún contacto físico.

Mientras que el asalto es la intención de producir violencia o fuerza sobre otra persona, la agresión se refiere a la verdadera ejecución de la  violencia o fuerza en contra de otro.

Es frecuente observar que se impute a una persona la comisión de ambos cargos, sin embargo no siempre es así, dado que ocasionalmente puede producirse un asalto sin llegar a ser una agresión. De hecho, un asalto es considerado como un intento de agresión, caso contrario a la agresión la cual no se produce sin que primero se haya configurado un asalto.

Defensas aplicables en caso de cargos de agresión y asalto

Una amplia variedad de acciones pueden ser consideradas como un asalto o una agresión, de hecho en ocasiones las personas se sorprenden al enterarse de que se presentaron en su contra acusaciones de este tipo, las cuales se originaron en circunstancias que no causaron daños graves o heridos. En estos casos lo fundamental es ponerse en contacto con un especialista que le asesore con respecto a su situación jurídica, el cual le indicará cuál es la estrategia de defensa más oportuna para su caso, dentro de las cuales normalmente se utilizan los siguientes alegatos:

  • Usted actuó en defensa propia o estaba defendiendo a otra persona.
  • No tenía capacidad para ejercer fuerza sobre otra persona.
  • El acto se realizó accidentalmente.
  • Se formuló una falsa acusación o identificación errónea.
  • Derechos disciplinarios por parte de los padres.

Usted actuó en defensa propia o estaba defendiendo a otra persona

La legítima defensa se define como los daños ocasionados por una persona para resguardar sus derechos o los de terceros, en situaciones en las cuales siente que los mismos pueden ser violentados.

Para utilizar este argumento se debe demostrar que la persona que ejecutó el acto temía por su seguridad física o la de una tercera persona, el mismo no puede alegarse si se utilizó violencia excesiva para defenderse de la amenaza, ni tampoco puede utilizarse para justificar la defensa en contra de palabras ofensivas.

No tenía capacidad para ejercer fuerza sobre otra persona

Para que se configuren los delitos de asalto y agresión se debe demostrar la capacidad por parte del presunto culpable de ocasionar un daño grave de carácter físico a otra persona, lo cual la haga sentir miedo por su seguridad.

El acto se realizó accidentalmente

Lo cual quiere decir que el acusado no realizó el acto de forma intencional.

Se formuló una falsa acusación o identificación errónea

Estos casos se presentan con frecuencia, puesto que la ley no exige la existencia de una lesión real y por lo tanto es común que una persona acuse a otra motivada por celos o venganza, en estos casos las acciones del defensor van dirigidas a reunir los medios probatorios que permitan desvirtuar las falsas acusaciones.

Derechos disciplinarios por parte de los padres

Este alegato hace referencia a la disciplina infantil y el derecho que tienen los padres de educar a sus hijos, en este caso el abogado debe basar su defensa en las leyes de crianza y educación.

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Estar señalado como el culpable de la ejecución de un delito y pensar en todas las consecuencias que esta situación acarrea son causas de gran angustia y estrés. Además, pensar en todos los trámites y cuidadosas diligencias que requieren los procedimientos legales son motivo de gran preocupación.

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