Es importante señalar que, cuando un joven se encuentra bajo la custodia de la Corte, es debido a que la autoridad judicial asumió la responsabilidad y control legal sobre este. En este sentido, la decisión limitará la autoridad y facultades que poseen los padres respecto al menor, e inclusive puede conllevarles perder su custodia física.
Es por ello, que es fundamental contar con la asistencia de un buen abogado que se encargue de llevar todo el proceso ante la Corte, y además preste un acompañamiento adecuado al menor y sus padres.
Si actualmente su hijo afronta algún problema legal y es declarado como pupilo de la Corte, en el escritorio jurídico Los Angeles Criminal Lawyer podrá encontrar todo el apoyo necesario. Si está en Los Angeles, CA, contáctenos inmediatamente y obtenga toda la información respecto al tema, para que sepa concretamente cuáles son sus opciones y los escenarios a los que puede enfrentarse.
¿En qué circunstancias frecuentemente el tribunal decide colocar a un menor bajo tutela?
Si un menor mantiene un bajo rendimiento mientras está en libertad condicional, es posible que el tribunal decida que el pupilo sea ubicado en algún centro para menores, un rancho, campamento, hogar, rancho forestal juvenil. Por lo si el menor es enviado a uno de estos sitios mencionados implica que estará bajo confinamiento físico dentro de una instalación, lo que claramente difiere del régimen de libertad condicional.
si el tribunal decide ordenar que el menor sea confinado, lo que busca no es imponer una sanción. Puesto que el propósito principal en casos de este tipo es la rehabilitación del joven, por lo que, al ordenar su confinamiento, lo que desea conseguir es que el joven adquiera el sentido de la responsabilidad en lugar de imponer un simple castigo.
Cuando un joven incurre en un hecho delictivo violento en el que se involucra un arma, entonces el confinamiento pasa a ser obligatorio. Si este es el caso, el tribunal puede ubicar al pupilo en uno de sus centros alternativos si este posee un trastorno o condición mental grave. Cabe señalar que, en un mayor número de casos, ocurre que el tribunal decida colocar a los jóvenes que han incurrido en delitos en sus instalaciones ubicadas en el condado de origen de los menores, mientras que los niños que poseen problemas cognitivos, de drogas y alcohol son trasladados a instituciones privadas.
El tiempo que un menor puede pasar en un centro de menores va a depender de la clase de delito en el que haya participado. En consecuencia, el tribunal puede ordenar el confinamiento de un joven en alguna instalación por un tiempo equivalente al que un adulto recibiría por haber cometido el mismo ilícito.
¿Cuándo se convierte un joven en pupilo del Tribunal?
Según lo establecido en la norma 725 literal (b) WIC, cuando un joven incumple lo señalado en el ordenamiento, la Corte puede dejarlo bajo su custodia. Esto significa que, al encontrarse un menor bajo la custodia del Tribunal sus progenitores tendrán poco control respecto al adolescente.
Ahora bien, los escenarios que conllevan a que este joven no esté bajo los cuidados de su padres, y en cambio tenga que convertirse en pupilo del Tribunal. Estos escenarios son:
- El adolescente estuvo antes en libertad condicional. Sin embargo no tuvo mejoras.
- La madre o padre no tiene capacidad para brindarle cuidado, manutención y capacitación al joven.
- Se logró determinar que lo favorable para la estabilidad y bienestar del joven, es estar a distancia de su padre.
Ya cuando el joven queda bajo la custodia del Tribunal, el juez tendrá en cuenta los factores para determinar las medidas que tomará con el propósito de que el menor sea rehabilitado. Los factores son los que señalan a continuación:
- La edad que tiene el joven.
- Las situaciones que conllevaron al joven a perpetrar el ilícito.
- La severidad del ilícito.
- Los antecedentes penales o criminales del joven.
Respecto a ello, la tutela durará hasta que la Corte ordene lo contrario. De igual forma, el joven también puede encontrarse bajo custodia durante el tiempo que dure su libertad condicional.
En este sentido, como pupilo el joven puede quedar sujeto al beneficio de libertad condicional bajo supervisión o no. En caso de que la Corte deje al joven en libertad condicional sin tener supervisión, no deberá estar bajo supervisión de un oficial encargado de la libertad condicional. No obstante, la Corte determinará ciertas condiciones o términos adecuados que deberán cumplirse obligatoriamente por el joven.
Cuando la Corte deja a un joven bajo libertad condicional supervisada que es lo que ocurre generalmente, es debido a que el pupilo perpetró algún delito de los establecidos en la norma 707 literal (b) WIC, robo de acuerdo a la norma 459 PC, posesión de drogas como cocaína, peyote, o alucinógenos. Frente a estos escenarios, será asignado un oficial quien será el encargado de monitorear la conducta del joven.
Finalmente, debe tenerse presente que si este joven no tiene residencia en EE.UU, el Tribunal podrá decidir que éste retorne a la protección de sus progenitores en lugar de mantenerlo en el país. No obstante, el Tribunal sólo dictará dicha orden si se considera conveniente para el bienestar del joven.
¿Qué derechos goza un pupilo cuando está bajo tutela?
Es necesario comprender que así un joven esté en libertad condicional, el ordenamiento jurídico de igual forma le confiere ciertos derechos. En el Tribunal para menores es donde se establecerán las condiciones para el régimen de libertad condicional. No obstante, todas las condiciones que le sean impuestas al menor deben tener como objetivo principal la rehabilitación y reforma del joven.
Independientemente del tipo de requisito de la libertad condicional impuesto por el tribunal, este debe relacionarse con el ilícito en el que haya incurrido el menor, así como señalar ciertas obligaciones sobre realizar o no realizar algunas acciones específicas.
Cuando se habla de obligaciones sobre realizar alguna acción, es probable que el juez ordene que el menor mantenga cierta conducta específica, siempre que no se refiera a una conducta ilícita, como que el menor participe en algunas reuniones para recibir asesorías o que asista al colegio. Mientras que, si se habla de obligaciones para que no se realicen ciertas acciones, es posible que el tribunal se encargue de fijar algunas prohibiciones, siempre que estas tengan el fin de prevenir que el pupilo participe de un acto delictivo a futuro.
Es necesario que se tenga presente que, si los términos y condiciones establecidos por el tribunal para la libertad condicional no se apegan a lo mencionado en líneas anteriores, significa que los derechos del menor están siendo vulnerados.
Cabe señalar que los menores que se encuentra bajo la tutela del tribunal, cuentan con los siguientes derechos:
- Visitas de los familiares: Si el pupilo está ubicado en algún lugar que no sea su hogar, cuenta con el derecho de recibir visitas por parte de sus familiares.
- Tener acceso a la red y a la computadora: mientras que un joven esté fuera del hogar cuenta con el derecho a usar la computadora y contar con internet.
- Decidir sobre su identidad de género: Si un menor está en una instalación o institución externa, su oficial de libertad condicional tiene que tener presente su identidad de género al momento de ubicarlo. Impedientemente del género o sexo del joven señalados en los registros pertenecientes a bienestar infantil.
¿Qué ocurre cuando un joven que se encuentra bajo custodia de la Corte es trasladado fuera de su casa?
Frente a la situación donde un joven se vuelve pupilo de la Corte, el juez podrá decidir enviar al joven fuera de su vivienda. Siendo así la Corte sacará al joven de su grupo familiar cuando todas las condiciones señaladas en su libertad condicional desde su hogar no fueron cumplidas. Del mismo modo, puede llevárselo a otro lugar, si lo considera conveniente.
En relación a ello, si la Corte establece que el pupilo debe enviarse fuera de casa, deberá ser reubicado en cualquiera de estos lugares:
- Hogar de acogida
- Institución privada
- Agencia pública
- La casa de su familia cercana.
¿Qué condiciones son las que establece el Tribunal en relación al beneficio de libertad condicional?
Generalmente cuando un pupilo queda bajo libertad condicional, la autoridad jurisdiccional señalará ciertas condiciones obligatorias, y razonables. Es por ello, que se restringen determinadas conductas que pueden conllevar a la participación del joven en delitos a futuro, esto encuentra sentido debido a que el principal objetivo de tales medidas es la rehabilitación del adolescente.
En relación a todas las condiciones y términos que deberá cumplir el pupilo bajo libertad condicional son las que se señalan a continuación:
- Asistir a clases sin falta.
- Usar el dispositivo electrónico de monitoreo.
- Cumplir el toque de queda.
- Abstenerse de mantener comunicación con ciertas
- Cumplir las restricciones para la conducción señaladas.
- Participar en asesoría.
Ahora bien, las normas sobre el absentismo escolar de California, señalan que los adolescentes deben asistir todos los días a clases. Esto ocurre porque todos los jóvenes están sometidos a educación obligatoria sin considerar si se encuentran en secundaria, primaria o media. Un joven que sin tener justificación falte a su escuela en 3 días en un mismo año escolar, llegue 3 veces tarde en un año, o se ausente en 3 ocasiones en un periodo máximo de 30 minutos, estará infringiendo estas normas.
No obstante, existen ciertas excepciones según las cuales un adolescente puede faltar al colegio, en las que pueden destacarse las siguientes:
- El joven está enfermo.
- El joven requiere pasar un tiempo con uno de sus familiares que se encontraba en servicio militar activo.
- La autoridad de salud local impuso cuarentena.
- El joven faltó a su escuela por alguna razón médica, las cuales son justificadas y que fueron aprobadas y aceptadas por la escuela.
- El menor requiere tiempo para asistir a un funeral de su familia cercana.
- El joven debe ir a tratamiento dental, médico, oftalmológico, o de algún otro.
- El joven prestará su servicio como parte del jurado.
Es importante acotar, que estos escenarios expuestos no son únicos y pueden presentarse otros, puesto que, según la normativa del Estado, siempre que haya una razón justa por la cual un joven falto a clases, no se tendrá por violadas las condiciones señaladas en su libertad condicional.
¿Cuáles otras opciones tiene la Corte para ubicar al joven que está bajo su tutela?
La Corte además de en un hogar de acogida, puede colocar al joven en la vivienda de un familiar. Si la Corte ubica al joven en el hogar de un familiar, este será el responsable de decidir sobre todo lo que se refiere al menor y que requiera consentimiento legal, en este sentido, se incluye su educación y atención médica.
Es importante señalar que la Corte también puede colocar al joven en un centro de tratamiento o un hogar de cuidados grupales. También, existen casos donde la Corte ubica al joven en programas de tratamiento dados fuera de California.
Pero, la realidad es que el lugar en que la Corte decida trasladar al joven será el que considere conveniente para que sea rehabilitado. Si este cree que lo más adecuado para el pupilo es colocarlo dentro de sus instalaciones, tendrá en consideración ciertos factores a fin de determinar cuánto tiempo permanecerá allí, y son los que señalan a continuación:
- Cada necesidad del joven y sus familiares.
- Si el joven se considera un peligro para toda la comunidad.
- Si el joven completa de forma satisfactoria el programa de tratamiento.
Ahora bien, debe tenerse presente que cada 6 meses una audiencia será realizada el Tribunal para revisar la ubicación del joven. De igual forma, cada doce meses el juez celebrará la audiencia para la planificación, en la que participarán los progenitores si el joven aún vive con estos.
¿A qué se le conoce como DJJ?
DJJ son las siglas con la que se hace referencia a la División de Justicia Juvenil, la cual se ocupa de tratar con los jóvenes que perpetraron delitos violentos o mayores. Cuando el pupilo es ubicado bajo el cuidado de la DJJ, El tribunal está en la obligación de tener en cuenta la seguridad y protección de las personas de la comunidad, al igual que lo resulte más beneficioso para el joven y sus intereses.
Si la DJJ se ve involucrada en el caso de un joven quiere decir que hay una buena posibilidad de que el joven resulte beneficiado al ser ubicado en una instalación perteneciente a dicha división. No obstante, debe resultar evidente que la demás alternativa (que son restrictivas en un menor grado) será ineficiente para la rehabilitación del joven. Esto debido a que la opción más restrictiva por la que puede optar el tribunal es trasladar al joven con la DJJ, ya que los compromisos a los que debe sujetarse el menor son de mayor severidad y por un tiempo más extenso, razón por la que las otras alternativas deben ser evaluadas en primer lugar.
Cabe señalar que un mejor sólo podría ser enviado por el tribunal a algún centro correccional perteneciente a dicha división si este se encuentra bajo una tutela judicial. De igual forma, puede ser remitido sí cometió un delito de carácter sexual de forma reciente o alguno de los delitos señalados en el WIC.
Algunos de los factores que toma en consideración el tribunal, al instante de decidir enviar a un joven a una instalación perteneciente a la DJJ, son los siguiente:
- Necesidades y riesgos individuales
- Necesidades educativas
- Madurez del menor
- Edad.
¿Qué aspectos tiene en cuenta la Corte para dejar al joven en los hogares de acogida?
Si un joven es trasladado a uno de estos hogares, quiere decir que es colocado fuera de casa a alguna instalación abierta. En este sentido, los cuidados y necesidades del joven podrán corresponder a un miembro de su familia cercana, o incluso algún individuo que no es su pariente, estará facultado para ello. Otras instalaciones para crianza temporal, incluyen los hogares grupales o instalaciones para el cuidado comunitario.
Ahora bien, cuando la autoridad judicial declara que un joven queda bajo custodia del Tribunal, deben tomarse decisiones importantes en relación a su conducta, cuidado, medicación, manutención y supervisión. Pero, previamente a que a que el joven se retirado de la casa de sus progenitores para trasladarlo a uno de los hogares de acogida, deben tenerse en consideración estos aspectos:
- Que el joven haya estado en un régimen de libertad condicional en el hogar de sus progenitores, pero no mejoró en su rehabilitación.
- Que los progenitores fallaran al brindarle orientación, capacitación, o educación adecuada.
- Que lo más favorable para el niño sea alejarlo de la protección de sus progenitores.
- Que el joven falte seguido a sus clases y requiere mayor supervisión.
Posteriormente de analizar estos aspectos, y si la Corte decide quitar al joven del hogar, le corresponderá al Departamento de libertad condicional señalar un lugar diferente en el que podrá quedarse el joven.
Al encontrar la ubicación en donde será enviado el joven, el departamento deberá asegurarse que este lugar cuente con un ambiente agradable y familiar, o sea un lugar donde el joven pueda estar cómodo y sentirse en casa.
Sin embargo, el fallo definitivo recaerá en el Tribunal, el cual realizará una audiencia donde se determinará la ubicación idónea. En esta la autoridad judicial tendrá presente el resultado de un estudio social hecho al joven por el oficial encargado de su libertad condicional, y toda evidencia que sea presentada. Debe tenerse presente que los padres y el menor tienen la posibilidad de presentar todo material que les parezca importante en el desarrollo de la audiencia.
Una vez que la autoridad judicial concluya con el estudio de las pruebas del caso, le corresponderá al oficial recomendar sobre el lugar donde debe ser reubicado el joven. Pero, la decisión final será de la Corte, quien podrá rechazar la recomendación del oficial, y por otra parte considere distintas alternativas en las cuales ubicar al menor
¿Es posible que el tribunal le imponga a un joven que está bajo su custodia el pago de una multa o indemnización?
Es necesario que se comprenda que esto si es posible. Una multa puede ser impuesta por los Tribunales de Menores al pupilo. En ciertos casos las multas a pagar pueden ser por una suma tan grande como las que generalmente son impuestas a las personas adultas, por lo que es necesario que si se presenta un escenario como el descrito el tribunal se ocupe de determinar si es posible que el menor la pague.
Además de lo ya mencionado, se debe tener presente que las multas no son lo mismo que la indemnización de las víctimas, ya que la indemnización se considera el pago o retribución que el adolescente debe realizar a la víctima con el fin de compensarla por los daños causados.
Si el pupilo se ve en la obligación de indemnizar a la víctima, es importante tener claro que el tendrá derecho a que sea celebrada una audiencia en la cual se determinará el monto en específico que debe ser cancelado, el cual va a depender exclusivamente del delito y su gravedad.
Cuando el joven es considerado responsable de haber incurrido en un delito grave, la suma a cancelar por la indemnización puede ir desde los $100 hasta $1.000. Mientras que, si se trató de un ilícito calificado menor, la cantidad a pagar no deberá ser mayor a $100.
¿Cuál es la responsabilidad financiera que poseen los padres cuando su hijo se encuentra bajo una tutela judicial?
Si al pupilo le es impuesto por el tribunal pagar una indemnización y multa, existe la probabilidad de que el joven no cuente con los medios necesarios para hacerse responsable del pago. Por lo que, los padres serán quienes deban responder por el pago de la suma. Aunque, de igual forma el tribunal está en la obligación de considerar la situación de los adultos.
¿Cómo puedo comunicarme con un buen abogado especializado en casos de menores en Los Angeles, CA?
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