La emisión de instrumentos financieros, como los cheques, es bastante común en distintos ámbitos. Los cheques son de gran utilidad y su uso es cotidiano, tanto para adquirir bienes o servicios, realizar trámites personales o llevar a cabo actividades empresariales. Sin embargo, cada día aumentan los casos de delitos de fraude cometidos mediante cheques.
El Código Penal de California, en su artículo 476 establece como delito el fraude con cheques y este delito puede tener consecuencias como ir a prisión por un largo tiempo o verse en la obligación de cancelar cuantiosas multas.
Aunado a la condena penal es posible que el caso sea llevado a la justicia civil y en determinadas situaciones puede pasar a ser un delito cuya investigación será de nivel federal.
Así que, el fraude con cheques es un delito cuya condena puede traer graves consecuencias que pueden escaparse de su control.
Si no desea que esto suceda, la mejor opción es contactar con profesionales especializados en el área quienes estudiarán detalladamente las circunstancias de su caso, asegurándose de brindarle las mejores estrategias para su defensa.
Los Ángeles Criminal Lawyer, está conformado por un equipo de profesionales en el área de delitos criminales, que cuentan con la formación y experiencia necesaria para asumir su caso de fraude con cheques y lograr una solución exitosa.
¿Qué es el delito de fraude con cheques?
Según el artículo 476 del Código Penal de California, comete este delito toda aquella persona que utilice, posea, realice o transmita un cheque falso o con alteraciones, teniendo como objetivo la obtención de un beneficio económico de ello.
Igualmente incurre en este delito aquella persona que haya intentado realizar alguna de las referidas conductas o que haya emitido, con intención fraudulenta, un cheque sin la respectiva provisión de fondos.
Algunos ejemplos de conductas que constituyen este delito son: modificar la cantidad de dinero expresada en un cheque, modificar o falsificar los datos del beneficiario en el cheque, modificar o falsificar los datos del pagador o elaborar un cheque falso, emitir un cheque identificando una entidad bancaria inexistente.
Así, por ejemplo, incurriría en esta conducta una chica que recibe un cheque como regalo de cumpleaños y altera la cantidad expresada en el mismo, con el propósito de cobrar una mayor cantidad de dinero.
¿Qué implica la falsedad o alteración de un cheque?
La norma hace referencia a la posesión, emisión y uso de cheques falsos o alterados; o al intento de alterar o falsificar los mismos.
En relación a la falsedad del cheque, es importante destacar que la ley se refiere tanto a los cheques falsos, por no corresponder con entidades bancarias existentes, como a los cheques emitidos sin fondos o que hayan sido alterados.
La alteración de un cheque, implica modificarlo a través de cualquiera de los siguientes medios:
- Agregar números al monto reflejado
- Modificar la fecha de emisión del cheque
- Falsificar la identidad o firma del emisor del cheque
- Borrar su contenido
- Alterar cualquier elemento del cheque
- Elaborar un cheque para defraudar a otros y hacerlo pasar como legítimo
- Modificar el número correspondiente a la ruta
- Indicar una entidad bancaria inexistente
Es importante resaltar que con el avance de la tecnología se han generado múltiples mecanismos que permiten alterar documentos, incluyendo los cheques. El uso de estas herramientas tecnológicas para realizar cualquier alteración en los referidos instrumentos cambiarios también acarrearía ir a juicio por cometer el delito de fraude con cheques.
De acuerdo a lo expuesto anteriormente, incurriría en esta conducta una persona que toma un cheque de la oficina de su jefe, sin autorización, y falsificando la firma del emisor del cheque lo lleva al banco para cobrarlo.
¿Qué elementos deben demostrarse en un juicio por el delito de fraude con cheques?
Para que una persona acusada por este delito sea condenada, el fiscal debe demostrar durante el juicio, dos elementos de manera concurrente. Esto implica que, si no se comprueba alguno de estos elementos, no se configura el delito.
El primer elemento que debe demostrar el fiscal es que la persona acusada tenía en su poder, utilizó, traspasó o intentó hacer alguna de estas conductas, utilizando un cheque que haya sido alterado o que sea falso.
El segundo elemento que corresponde demostrar a la Fiscalía, es que la persona acusada llevó a cabo su conducta teniendo como propósito defraudar o perjudicar económicamente a otra persona. Esto implica demostrar la denominada intención de defraudar.
Aunado a lo anterior, si la persona es acusada de poseer un cheque falso, corresponde a la Fiscalía probar que efectivamente tenía el documento en su posesión con la intención y propósito de emplearlo como un instrumento cambiario verdadero.
En todo caso, para que sea decretada una condena por este delito, debe demostrarse que la persona acusada tenía conocimiento de la condición del cheque, es decir que era falso o estaba alterado y que conociendo esto, mantuvo una intención fraudulenta. Esto implica que se trata de un delito en el cual debe probarse el dolo o malicia por parte del acusado.
¿Qué implica demostrar la intención de defraudar?
La intención de defraudar se refiere a tener como propósito hacer incurrir en un error a otra persona, empleando mecanismos engañosos y teniendo como finalidad perjudicar para la obtención de un beneficio.
Así entonces, no incurriría en este delito un hombre que desea comprar nuevos muebles de diseño para su hogar y para ello, deja como depósito un cheque por la cantidad de $1.000. Sin embargo, al momento de emitir el cheque, el hombre no tenía conocimiento de que su esposa había comprado ropa con la misma cuenta bancaria y por tal situación, la cuenta quedó sin los fondos suficientes para el cheque.
Si en el caso anterior, el empleado que verifica el cheque reporta al hombre por utilizar un cheque con fondos insuficientes y el caso llega a juicio, no podría comprobarse el elemento doloso o intencional.
¿Una persona que no haya obtenido beneficio del fraude podría ser condenada por este delito?
Sí, podría ser condenada por este delito, ya que la intencionalidad requerida no implica que la persona efectivamente haya defraudado a alguien o que se haya materializado el perjuicio económico que se pretendía.
Para cometer este delito sólo se requiere tener la intención de hacer incurrir a otra persona en un fraude o engaño con el propósito de obtener un beneficio económico, aunque tal propósito no se concretara.
Por ejemplo, si se acude a un banco con la intención de cobrar un cheque falso y esto es descubierto por un empleado del banco. La persona que acudió a cobrar el cheque falso sería acusada por el delito, aunque no se haya materializado el cobro del cheque, ya que existió la intención de defraudar.
¿Cuáles son las condenas por cometer este delito?
Una acusación por este delito podría convertirse en un asunto muy delicado ya que es considerado como “wobbler”, lo cual significa que –a discreción de la fiscalía- puede ser acusado como felonía o delito menor según las circunstancias del caso.
Si se considera como delito menor, la condena puede implicar prisión por un año y/o multas de hasta $1.000. En el caso de ser considerado como delito mayor, las condenas aumentan tanto respecto al tiempo en prisión como la cuantía de la multa.
La severidad de la condena dependerá entonces de la situación de cada caso y para determinar esto se tomarán en consideración dos aspectos fundamentales: el monto del fraude y los antecedentes penales del acusado.
¿Cuáles son las condenas según la cuantía del cheque?
La cantidad sobre la cual versaba el cheque objeto del delito es un elemento fundamental para determinar la condena a imponer, ya que si el instrumento hace referencia a una cantidad menor o igual a $950 se considerará como un delito menor. Sin embargo, si el cheque supera el monto señalado, el acusado será condenado por una felonía.
Si se considera como felonía las penas aumentan a entre dieciséis meses hasta tres años de prisión y multas de hasta $10.000
Ahora bien, hay un supuesto en el cual el monto del cheque no será tomado en consideración al momento de calificar el delito. Este supuesto se refiere a que el acusado sea procesado y condenado por otros delitos además del fraude, siempre que los mismos hayan sido necesarios para cometer el fraude.
Entre los delitos considerados necesarios para cometer el fraude, suele encontrarse el robo de identidad.
Respecto a este último supuesto, además de recibir una condena más severa por ser una felonía, el acusado será procesado separadamente por los otros cargos que correspondan y en caso de ser condenado, las sanciones tendrán aplicación sucesiva.
¿Cómo influyen los antecedentes penales en las condenas por este delito?
En relación a los antecedentes penales, es importante resaltar que estos se tomarán en cuenta para la calificación del delito tanto si son por la comisión de delitos fraude o de otro tipo, como delitos sexuales.
Al igual que en el supuesto de la cuantía, si al evaluar el caso, la fiscalía toma la decisión de ejercer la acusación como delito mayor y la persona es condenada, la pena podría consistir en prisión desde dieciséis meses hasta tres años y multas de hasta $10.000.
¿Una condena por este delito podría tener consecuencias en el estatus migratorio?
Sí. En aquellos casos en los cuales el acusado es inmigrante, una condena por este delito podría tener consecuencias negativas en su estatus migratorio e incluso implicar la deportación, al ser considerado como felonía. De modo que, ser condenado por este delito podría implicar una deportación o exclusión de admisión a los Estados Unidos.
¿Existen otras situaciones que puedan agravar la condena por este delito?
Sí, existen dos situaciones que pueden complicar aún más el caso de un delito de fraude con cheques y en consecuencia agravar la condena.
La primera de estas situaciones sería que el caso pase a ser investigado por Ley Federal y, en consecuencia, sería sometido a juicio por ante una autoridad Federal. Mientras que, la otra situación implicaría ser demandado civilmente.
¿Qué consecuencias tiene la consideración del fraude con cheques como delito federal?
Respecto a esta situación, la Ley Federal 18 U.S.C. en su artículo 1.344, dispone que este delito será considerado de carácter federal si es cometido en contra de una institución financiera o bancaria.
Igualmente se considera como un delito federal, si se cometió con el objetivo de obtener algún bien que se encuentra bajo o control o custodia de una institución bancaria o financiera. Por ejemplo, los referidos bienes pueden ser créditos, valores, activos, fondos, entre otros.
Las sanciones en caso de considerarse este delito como de carácter federal son: pasar treinta años en prisión y/o multa de hasta $1.000.000.
¿Qué implica la acción civil por incurrir en fraude con cheques?
La acción civil por fraude con cheques sólo procede después de recibir una condena penal. Esto implica que una vez condenada por ese delito, la persona podría recibir una demanda civil y en consecuencia deberá pagar un determinado monto de dinero.
Lo anterior se debe a que las acciones de carácter civil sólo pueden tener como propósito el resarcimiento o indemnización de la víctima.
El monto al que será condenado el acusado dependerá de la suma del cheque. En todo caso, siempre se aumentará el referido monto tres veces. Por ejemplo, si se trata de un caso de emisión de un cheque falso y el mismo fue emitido por $2000, la condena por una demanda de carácter civil sería de $8000.
Ahora bien, las demandas civiles no son una consecuencia necesaria de una condena penal por este delito. Contar con una buena defensa puede marcar la diferencia, ya que si se consigue un acuerdo con la víctima puede evitarse la interposición de la demanda ante la jurisdicción civil.
Cabe destacar que el acuerdo con la víctima, debe incluir la restitución de la cantidad total por la que se cometió el fraude y una adicional por los gastos en que hayan incurrido.
¿Los cargos por este delito pueden ser eliminados del registro de antecedentes penales?
Sí, los cargos por este delito pueden ser eliminados del registro de antecedentes penales, siempre y cuando la persona haya culminado el tiempo correspondiente en prisión o haya dado cumplimiento a los términos bajo los cuales se otorgó la libertad condicional.
Si efectivamente se cumplieron los requisitos, corresponde seguir los siguientes pasos:
- Dirigirse formalmente ante el juez para solicitar la eliminación de los antecedentes penales. Para ello es necesario llenar el formulario correspondiente, con sus respectivos anexos.
- Notificar, dentro del lapso de quince días previos a la audiencia, a la Fiscalía. Esto a los fines de analizar el caso y en virtud de ello se abrirá un lapso de tiempo correspondiente para que la Fiscalía presente los argumentos que considere pertinentes
- Presentarse en la oportunidad fijada por el Tribunal para la audiencia. En este acto, el Juez dará su decisión respecto a la eliminación de los antecedentes.
Para optar por la eliminación de antecedentes penales por este delito, es importante contar con la asesoría y acompañamiento de un profesional con la experiencia necesaria para estar atento a todas las fases del proceso y defender a su cliente ante una posible oposición de la Fiscalía.
¿Qué argumentos pueden emplearse como defensa en un caso por este delito?
Una defensa exitosa sólo puede ser llevada a cabo por abogados especializados en defensa criminal, que tengan la capacidad de analizar el caso y asesorar a su cliente de manera adecuada según su situación.
Si bien, cada situación es diferente y las defensas dependen de las circunstancias particulares del caso, existen algunos argumentos que suelen emplearse como defensas en los juicios por este delito, estos argumentos son: falta de intención defraudatoria, legitimidad de la modificación del cheque, falta de conocimiento de la falsedad o alteración del cheque, legitimidad del cheque.
¿En qué consiste la falta de intención defraudatoria?
Siendo la intención, uno de los elementos fundamentales para la configuración del delito, la ausencia del mismo podría ser un sólido argumento de defensa.
Al momento de esgrimir esta defensa, es importante contar con argumentos que demuestren la falta de intención del acusado. Por ejemplo, podría demostrarse con ayuda de una prueba de testigos, que el acusado no tenía conocimiento de la falta de provisión de fondos del cheque.
¿Qué implica la legitimidad de la modificación del cheque?
Si se realizó una modificación del cheque, teniendo la debida autorización del propietario, esta sería considerada como legítima y en consecuencia no podría condenarse a la persona que llevó a cabo tal modificación.
Por ejemplo, si su jefe le ordenó emitir un cheque a su nombre y le autorizó a modificar la cantidad expresada en el mismo, la modificación se considera legítima y su abogado defensor podría esgrimir este argumento como defensa.
¿En qué consiste la defensa por falta de conocimiento de la falsedad o alteración del cheque?
Siendo el conocimiento de la falsedad o alteración del cheque un elemento esencial en este delito, no podría ser condenado una persona que no tuviere conocimiento de la falsedad o alteración del mismo.
En este sentido, la defensa por falta de conocimiento de la falsedad o alteración del cheque implica demostrar que, aunque el cheque era falso o estaba alterado, la persona acusada no sabía esto.
¿Qué implica alegar la legitimidad del cheque?
Alegar la legitimidad del cheque implica demostrar que hubo algún error en el sistema bancario o en la firma del emisor, sin que esto conllevara falsificación o alteración alguna. Por ejemplo, puede que se presente un error bancario en virtud del cual la cuenta bancaria aparecía sin fondos cuando en realidad si los había.
La defensa por legitimidad del cheque también podría alegarse por ejemplo en un caso de falsificación en el que el emisor efectivamente firmó el instrumento cambiario, pero de manera diferente. Para ello, existen determinados mecanismos probatorios que permitirán demostrar la legitimidad del instrumento cambiario.
¿Qué delitos se relacionan con el fraude con cheques?
Las conductas consideradas como delictivas que generalmente se relacionan con este delito son: la emisión de cheques sin fondos, la falsificación de documentos mercantiles y el hurto mayor.
En cuanto a la emisión de cheques sin fondos, este delito se encuentra previsto en el artículo 476 a) del Código Penal y este supuesto se encuentra íntimamente relacionado con el uso, traspaso o intento de llevar a cabo estas conductas a través de cheques sin fondo.
Por otra parte, la falsificación de documentos mercantiles se contempla como delito en el artículo 470 del Código Penal y se relaciona con la alteración de estos instrumentos cambiarios.
Respecto al hurto mayor, este delito se encuentra contemplado en el artículo 487 del Código Penal y para su comisión suelen emplearse como medios, los instrumentos financieros alterados o falsificados.
¿Cómo puedo encontrar un abogado experto en delitos de fraude cerca de mí?
Ante una acusación por el delito de fraude con cheques, es necesario contar con una defensa sólida que permita evitar las graves consecuencias que acarrearía una condena. Este delito tiene una amplitud de supuestos que deben ser tomados en cuenta al momento de defenderse en juicio y que sólo los abogados expertos en esta clase de delitos tienen la capacidad de manejarlos.
Ser acusado y posteriormente condenado por este delito podría llevarle a perder su libertad o una gran parte de su patrimonio, al cancelar cuantiosas multas. Incluso, en casos más graves podría verse condenado a prisión por treinta años.
Además, no olvide que si usted es inmigrante puede verse expuesto a perder el futuro que tanto trabajo le ha costado construir en Estados Unidos, al ser condenado por este delito.
Para evitar poner en riesgo su libertad, su futuro y el de su familia, debe ponerse en contacto con un abogado, lo más pronto posible. Los abogados de Los Ángeles Criminal Lawyer, tienen la experiencia profesional necesaria para lograr manejar la mejor defensa en su caso.
Para comunicarse con un abogado experto en el área, solo debe comunicarse a través del número telefónico 310-502-1314 y fijar una primera reunión, la cual será totalmente gratuita. Los abogados de Los Ángeles Criminal Lawyer, manejarán la situación con el profesionalismo, diligencia y confidencialidad que requiere el caso.