En el ordenamiento jurídico de California, específicamente en la disposición 243.4 del Código Penal, se considera un delito tocar las partes íntimas de otro sujeto sin su consentimiento, y con el propósito de obtener satisfacción o gratificación sexual. Este delito es fuertemente sancionado y puede ser calificado como delito menor o mayor, según las características particulares del caso, y si el acusado posee o no antecedentes criminales. 

Ahora bien, las sanciones que puede sufrir van desde pasar tiempo en prisión, ser sometido a un régimen de libertad condicional, el pago de grandes cantidades por concepto de multas, y la obligación de registrarse como un agresor o delincuente sexual. Asimismo, enfrentará consecuencias negativas en su vida personal y laboral al contar con antecedentes criminales lo que limitará sus posibilidades. 

¿Cómo puedo encontrar asistencia legal de un abogado en California?

Si usted actualmente está sufriendo cargos por agresión sexual, en Los Angeles, CA, es importante que se comunique con un abogado especialista en el área, quien se encargue de asesorarle durante el proceso, y elabore los argumentos de defensa que más se adecuen a su situación legal. 

En el escritorio jurídico Los Angeles Criminal Lawyer, nos caracterizamos por hacer valer los derechos e intereses de nuestros clientes, buscando siempre obtener el resultado más satisfactorio.

No lo dude más, y aunque encontrarse en esta situación le produce temor o miedo, no debe perder nunca las esperanzas, ya que su caso se encuentra en manos de los mejores profesionales con experiencia en la resolución de este tipo de asuntos. ¡Llame ahora mismo!

¿Cómo se define la agresión sexual en la normativa de California?

Este hecho ilícito se encuentra señalado en el artículo 243.4 PC y se refiere a tocar las partes íntimas de otra persona sin su consentimiento y con la finalidad de obtener una satisfacción o gratificación sexual. Es importante señalar, que a diferencia del ilícito de violación establecida en la norma 261 PC, este delito no requiere de una relación íntima o penetración por el agresor. De manera que, una persona puede ser considerado responsable de cometer agresión sexual, aun si ha mantenido relaciones sexuales por un largo periodo de tiempo con la víctima, a este tipo de agresión se le califica como delito menor. 

Ejemplos:

El primer ejemplo es el siguiente: Pedro quien es dentista, mientras realiza su consulta se inclina en diversas oportunidades sobre los senos de una paciente para tomar los instrumentos dentales, no obstante, esta acción la realiza con la intención de satisfacerse sexualmente. En este escenario, Pedro podrá ser condenado por agresión sexual como un delito menor. 

El segundo escenario se presenta entre Max y Sofia quienes son pareja desde hace cinco meses aproximadamente, luego de una pelea Sofia se acerca a Max y le comienza a acariciar su miembro como intento para llegar al sexo. Sin embargo, Max se siente algo incómodo y le pide que no continúe realizando esta acción, pero esta se niega. En este caso, Sofia podrá ser considerada responsable de cometer una agresión sexual calificada como un delito menor. 

Ahora bien, la agresión sexual agravada se encuentra señalada en la misma disposición del Código Penal, y se presenta cuando una persona toca los genitales de otro sin tener su autorización y con el fin de satisfacerse sexualmente, pero además se requiere que a victima: Este restringida ilegalmente por el agresor o por otro individuo, se encuentre institucionalizada para ser tratada medicamente, o se encuentre incapacitada o discapacitada, no tenía consciencia sobre la acción en si debido a que el agresor argumento falsamente que el tocamiento era con fines profesionales, o la víctima fue obligada a tocarse sus partes, las del agresor, el cómplice, o cualquier otro individuo en algunas de las situaciones antes expuestas. Solo en la última situación reconoce el Estado de California el delito objeto de este artículo.

Ejemplo:

Pablo sujeta de forma ilegal a Marta y la coacciona para que le toque su miembro. En este caso, Pablo puede enfrentar cargos por agresión sexual agravada. Sin embargo, en otro escenario donde Pablo y Marta van en el transporte público repleto de personas, este toma la mano de la mujer y la pone en su miembro sin autorización no será condenado por este delito. Ello sucede, ya que la normativa necesita que el supuesto agresor toque las partes íntimas de su víctima y no lo contrario, pero, si se cumplen algunas de las circunstancias antes mencionadas podrá ser declarado responsable de otro ilícito como el de agresión establecido en la norma 242 PC.

¿Qué elementos del delito debe demostrar el Fiscal para que un individuo sea condenado por agresión sexual?

La acción de acariciar a un individuo sin su autorización y con el fin de satisfacerse sexualmente se está en presencia del delito de agresión sexual. Para ello, la Fiscalía deberá demostrar los elementos del ilícito a fin de obtener una sentencia condenatoria según lo señalado en la norma 243.4 del Código Penal. Ahora bien, los elementos constitutivos del delito son los siguientes: 

  • El sujeto acusado confino de forma ilegal a otro individuo, 

  • Tocando sus partes privadas sin su consentimiento, y 

  • Con la intención de obtener una satisfacción, excitación, o abuso sexual.

Es importante señalar, que la agresión sexual conlleva un comportamiento sexual desagradable. No obstante, como dicho comportamiento y su resultado están considerados como un delito sexual grave, los jurados y autoridades judiciales se encuentran dispuestos a aceptar la culpabilidad del acusado. En todo caso, la acusación será desestimada si falta algún elemento de los señalados con anterioridad. 

Para poder entender con mayor entendimiento cada uno de estos elementos se deben aclarar ciertos términos legales, y estos son: 

Tocar

Se refiere a mantener un contacto físico con otro sujeto. Cuando se refiere a un ilícito menor por este delito, implica que la persona mantiene contacto con los genitales de la persona afectada, sea tocándolas de forma directa o indirecta por medio de la vestimenta (sea la propia o la del individuo afectado).

Ejemplo 

Juan es el encargado de un centro de adultos con problemas de salud mental. Le solicita a Ana, una interna con problemas mentales que le acaricie el miembro por medio de su vestimenta, y esta lo realiza. En este supuesto, se estaría refiriendo a un delito de agresión sexual agravada. No obstante, para que el sujeto sea acusado por este delito, se necesita que toque los genitales desnudos de la víctima, ya que, si el cuerpo de esta es solo tocado por medio de la vestimenta, no se estaría refiriendo a una agresión sexual.

Otro ejemplo con las mismas personas Juan y Ana, en este escenario Juan le toca los senos a claudia por medio de su camisa, este sujeto no será considerado responsable de cometer agresión sexual debido a que el toque ocurrió por medio de la vestimenta de Ana, y aun cuando esta es incompetente mentalmente y se encuentra institucionalizada, Juan solo será condenado por perpetrar un ilícito menor. 

Partes íntimas 

Se consideran las partes íntimas los senos, glúteos, ingle, ano, órganos sexuales. 

Sin el consentimiento de la víctima

Cuando una persona toca a otra sin su autorización, quiere decir, que este lo realiza contra su voluntad, por lo tanto, estará incurriendo en un delito de agresión sexual. Ahora bien, para poder tener autorización, el individuo debe prestar su consentimiento de forma voluntaria y libre, teniendo conciencia acerca del carácter sexual del acto. 

En este orden de ideas, aun si la persona afectada presto su autorización, el sujeto podrá sufrir cargos por cometer una agresión sexual agravada. Esto ocurre, cuando el individuo actúa bajo engaños, esto quiere decir, que afirmó falsamente que dichos tocamientos se realizaban con fines profesionales, por lo cual, el consentimiento es nulo. Todo ello ocurre porque un individuo no puede prestar su autorización si fue engañado y no entiende la naturaleza del acto para el cual está dando la autorización. 

Explotación sexual 

Una persona realiza este delito con el fin de perpetrar un abuso sexual, cuándo quiere humillar, herir, asustar, o causar agonía en las partes íntimas de la víctima. Es decir, el delito será el producto de un roce sexual con la víctima, aun si el agresor no se encontraba motivado por una satisfacción sexual. 

Retención ilegal

Puede una persona ser retenida ilegalmente cuando alguien tiene el control de su libertad mediante actos, autoridad, palabras, y se ve restringida sin su autorización. No obstante, esta restricción necesita más que solo la fuerza física para obtener algún contacto sexual.

Ejemplo

Max es un profesor de secundaria, e invita a María una estudiante a ingresar en un aula de clase vacía, cuando ella entra procede a cerrar la puerta y coloca un escritorio para interrumpir el paso. Al encontrarse dentro del aula, comienza a tocar los glúteos de María expuestos debajo de su uniforme, y a lo que esta intenta escapar la sujeta y la retiene ilegalmente. En este caso, Max podrá ser acusado de perpetrar una agresión sexual. Esto ocurre porque tocó a María con más fuerza de la necesaria, ya que se aprovechó de su cargo como profesor, y además creó una situación para bloquear la salida. 

Cómplice 

Cuando un sujeto es cómplice del delito, también será procesado como el autor del hecho sufriendo las mismas sanciones. Es decir, si alguien ayuda a un individuo a perpetrar una agresión sexual será considerado cómplice. En este sentido, el instigador como también se le conoce sabía acerca de la actuación criminal que realizaba el acusado, y de igual forma lo ayudó, alentó, o cooperó con el plan para ejecutar la acción criminal. 

¿Qué penas pueden imponerse en caso de que una persona sea condenada por este delito?

En principio el delito es considerado un “wobbler” según lo señalado en el Código Penal de California. Esto significa que, según las circunstancias particulares del caso, de la intensidad de las acciones del acusado, o de si el acusado cuenta o no con antecedentes criminales podrá ser calificado como delito mayor o menor.

En caso de que sea calificado como delito menor, las penas que se impondrán serán las siguientes:

  • Prisión por un lapso máximo de seis meses en el condado, 

  • Pago de multas por un valor que no exceda los $2.000. Y en caso de que la víctima fuera trabajador del condenado la cantidad podrá llegar hasta los $3.000.

  • Régimen de libertad condicional informal.

Ahora bien, si la agresión sexual es calificada como delito mayor, las sanciones que podrá sufrir son las siguientes: 

  • Pena privativa de libertad por un tiempo de 2,3,4 años en una cárcel del Estado,

  • Pago de multas por una cantidad máxima de $10.000,

  • Régimen de libertad condicional formal. 

Es importante mencionar, que aunado a las sanciones señaladas el condenado deberá registrarse como un delincuente sexual en caso del delito menor en primer nivel (10 años), mientras que, si es condenado como delito mayor, será de tercer nivel (de por vida). Esta obligación debe ser cumplida, y necesita que el sujeto brinde los datos de dirección actual, sitio de trabajo, o cualquier clase de información que permita identificarlo. Toda esta información será otorgada a la agencia local una vez al año. Asimismo, deberá registrarse como un delincuente sexual en la agencia policial del campus universitario. Por otra parte, si el condenado cambia de residencia a California y el Estado anterior le obliga a registrarse como tal, es probable que también tenga que registrarse en California. 

¿Qué debe hacer una persona en caso de ser arrestada por perpetrar una agresión sexual?

Es fundamental que, una vez que una persona es arrestada por este delito se comunique inmediatamente con un buen abogado experto en delitos sexuales. Asimismo, es recomendable que sigan con detenimiento cada uno de estos pasos:

  1. No debe hablar con los agentes policiales o con algún investigador privado: El hablar de más puede conllevar la pérdida del caso. Es por ello, que el acusado cuenta con sus Derechos de Miranda de acuerdo a los cuales puede mantenerse en silencio. 

  2. Debe crear una línea del tiempo: Para ello, el acusado debe documentar todo y crear una lista de los posibles testigos, debe ser minucioso y repasar cada uno de los hechos tal y como se llevaron a cabo. Asimismo, recabar la información personal de los testigos, su nombre, dirección, y todo lo necesario para que presten su declaración en el desarrollo del juicio. 

  3. Debe prepararse para enfrentar la acusación con pruebas y testimonios creíbles que permitan desvirtuar las afirmaciones hechas por el fiscal: Es probable que, el sujeto deba realizarse diferentes pruebas psicológicas. 

  4. Estudiar en compañía del abogado la defensa a usar: Para ello, es importante que el acusado conozca sus derechos y la normativa. 

¿Se puede reclamar los daños y perjuicios ocasionados en vía civil luego de sufrir el hecho punible de agresión sexual?

Si es posible, ya que la víctima del delito tiene el derecho de presentar una acción civil en contra de su agresor para solicitar la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados por el ilícito. Dicha reclamación será distinta a las sanciones penales que se impondrán en contra del condenado, y la carga probatoria le corresponde a la víctima donde deberá comprobar que el condenado perpetró el delito y le generó perjuicios y daños demostrables. Algunos ejemplos de los daños ocasionados son los siguientes: pérdida del empleo o salario, gastos médicos, daños en contra de su propiedad, asimismo, el sufrimiento o dolor son motivos que deben tenerse en consideración.

¿Qué estrategias de defensa son usadas por los expertos para desvirtuar los cargos por este delito?

Cuando un sujeto sufre cargos por perpetrar un delito de agresión sexual, el abogado defensor podrá utilizar diversas estrategias de defensa, entre las cuales se pueden destacar las siguientes: 

  • No hay evidencias suficientes: Un profesional del derecho con amplia experiencia en este tipo de asuntos podrá cuestionar las evidencias presentadas por el fiscal y argumentar que estas no son suficientes para fundamentar la acusación por agresión sexual presentada en contra de su cliente. 

  • El contacto que ocurrió no fue sexual: En este caso, el acusado no deberá ser condenado por este delito si toco a otro individuo en sus partes privadas en medio de una pelea, puesto que, en esta situación no se estaría refiriendo a un acto de agresión sexual. 

  • Existió consentimiento: El acusado no debería ser declarado responsable por este delito, si tocó a otro individuo adulto con un propósito sexual y este conocía acerca de la naturaleza del hecho y prestó su consentimiento. Por ejemplo: Max y Carla mantienen una cita romántica, en el transcurso de la misma el hombre mete sus manos entre las bragas de Carla, pero esta no desea que Max continúe con la acción. No obstante, en ningún instante le expresa al hombre que deje de realizarlo, es por ello, que Max cree que ella dio su autorización para llevar a cabo el acto. Posteriormente, el hombre es acusado de abusar sexualmente de Carla, sin embargo, él no será condenado por el delito a menos que la mujer pueda disuadir al juez y jurado de que éste conocía o debió conocer que ella no prestó su autorización para llevar a cabo esta conducta. 

¿Qué otros delitos se relacionan con el ilícito de agresión sexual?

Existen ciertos ilícitos que tienen vinculación con el delito de agresión sexual, sea porque se acusan en conjunto con este, o porque se imputan los mismos en vez de una agresión sexual. Algunos de los delitos que más se relacionan son los siguientes:

  • Violación: Se encuentra señalado en la norma 261 PC, y ocurre cuando una persona mantiene relaciones íntimas no consentidas con otra persona usando la coacción, engaño, o amenazas.

  • Exposición indecente: Señalado en la disposición 314 PC, y consiste en mostrar las partes íntimas a otro sujeto con el fin de molestarlo u obtener satisfacción sexual. 

  • Agresión: El delito se encuentra establecido en el artículo 242 PC, y una agresión ocurre cuando un sujeto toca a otro de forma no deseada, sin tener en cuenta si es o no de carácter sexual. 

¿Cuál es la diferencia entre el delito de violación y el de agresión sexual?

En principio, la agresión sexual constituye un contacto forzado y no querido de tocar las partes privadas de otro sujeto para obtener una satisfacción sexual. Mientras que, la violación ocurre cuando se consuma el acto sexual, sin la autorización de la víctima, quien es sometida por medio de la coacción, fuerza o amenazas. Es importante señalar, que en una violación siempre existe la agresión sexual, pero no toda agresión llega a ser una violación. 

¿Cómo puedo encontrar ayuda legal de un buen abogado cerca de mí?

Una persona que sufra acusaciones por este delito, puede ser interrogada por los agentes policiales a fin de obtener información. No obstante, esta cuenta con el derecho a no contestar ninguna de las preguntas realizadas por los policías, si decide acogerse a sus Derechos de Miranda. Ahora bien, en caso de que fuera interrogada deberá pedir hablar con su abogado especialista en el área, quien se encargará de representarlo durante el proceso judicial.

Ahora bien, debido a las fuertes sanciones que conlleva el delito es importante tener la asistencia legal de un buen abogado, ya que las consecuencias pueden ser devastadoras, y van desde pasar tiempo en la cárcel, el pago de grandes cantidades, y el deber de registrarse como un delincuente sexual. Aunado a ello, el estigma social que genera el ser un agresor sexual lo afectará en el ámbito laboral, puesto que, los futuros empleadores tienen acceso al registro de los antecedentes criminales, y al percatarse que es un agresor desistirá en contratarlo. 

Es por todo ello, que, si usted actualmente reside en Los Angeles, CA, y está sufriendo cargos por agresión sexual, debe comunicarse con nuestro escritorio jurídico Los Angeles Criminal Lawyer, ya que cuenta con los mejores abogados quienes estudiaran su caso con detenimiento, y elaboraran los argumentos de defensa que permitan obtener un buen resultado. Llame ahora mismo, al siguiente número telefónico 310-502-1314 y reciba una consulta completamente confidencial de uno de nuestros expertos. ¡Llame ya!